La gestión pesquera
Se espera que, antes de entrar en propuestas promocionales de la pesquería se realice un estudio que permita determinar cuáles serían las especies objetivo, cuál el volumen de su biomasa, cuáles serían los períodos de vedas reproductivas, cuál sería el efecto ecosistémico de su explotación, para llegar a determinar una tasa anual de captura por especie. De esta información se deriva la capacidad de bodega que debería tener una flota con intención de incursionar en la actividad extractiva, la cuota anual de extracción, las cuotas individuales a asignar y los períodos de pesca. Solo entonces podríamos pretender introducir mayor esfuerzo pesquero sobre el ecosistema marino de Humboldt.
29 de marzo de 2018
Editorial Pesca abril 2018
Existen opiniones referidas al importe de la tasa
actual de los derechos de pesca, que muchos consideran demasiado bajos, que
podrían ser incrementados al cumplirse en 2018 los diez años que el DL 1084
dispuso se congelen los derechos de pesca de anchoveta.
Hacer un incremento de dicha tasa nada más, sería una
medida poco racional. El verdadero punto del debate debería estar en establecer
que la explotación de recursos naturales debe beneficiar a todos los peruanos y
no a unos cuantos, así como que todos quienes realizan esfuerzo extractivo de
pesca deben pagar un derecho.
Enfocar el análisis para generar medidas integrales es lo
óptimo, ya que hay pesquerías (como la anchoveta destinada al CHI) con
sobrecostos, (laborales principalmente), que solo favorecen a pequeños grupos de
trabajadores que laboran alrededor de la industria reductora y no a todo el
país; y hay pesquerías que no pagan
ningún derecho.
Los “derechos de pesca”
deben ser el justiprecio que el extractor paga a la Nación por el
privilegio de usufructuar un recurso natural que es propiedad de todos los
peruanos. Deben estar vinculados con el impacto que la extracción de peces
causa sobre el ecosistema, independientemente de que genere utilidades o no, ya
que la extracción se produce en forma independiente de los resultados del
balance, el cual está sujeto a otras variables. Se pueden extraer miles de
toneladas de peces y perder dinero por una mala gestión, por lo cual no se
pagaría impuesto a la renta; pero el impacto generado a la biomasa y al
ecosistema permanece, con ganancias o sin ellas. Por ello el concepto de
“derecho de pesca” es la única forma con la cual el extractor aporta al país.
Las especies capturadas por la flota artesanal se
encuentran exoneradas, por ley, de pagar derechos de pesca. Cuando se promulgó la Ley General de Pesca
que establece las tasas y las especies que están afectas al pago, la situación
pesquera nacional y mundial era totalmente diferente. La pota no constituía un
recurso principal y la anchoveta solo se destinaba a la harina. Estas últimas destinadas
al congelado y enlatado, son los principales recursos de exportación del sector
de CHD. Al no ser consumidos dentro del
Perú y no pagar derechos de pesca ¿qué beneficios le traen al ciudadano peruano
que no labora para el sector pesquero?
La recaudación de derechos de pesca, efectuada por el
Ministerio de la Producción, transfiere el 50% al canon pesquero y se queda con
el saldo. Si es utilizado en gasto corriente del propio Ministerio, ¿en qué
beneficia al ciudadano y al país? No existe rendición de cuentas de este dinero
en forma transparente y específica. No sabemos cuál es su destino.
El canon pesquero se reparte entre los gobierno locales y
regionales en base a unos índices que calcula el Ministerio de Economía y
Finanzas que necesitan ser revisados. ¿En qué se invierten? No se sabe. Las
cifras que se transfiere a gran cantidad de municipalidades distritales es tan
poca, que constituye, realmente, una burla y tampoco se conoce su destino.
Parte de la agenda pendiente en cuanto a derechos de pesca, consiste en
modificar la base legal del canon pesquero y los índices de distribución.
La ley general de pesca, dice literalmente “Los ingresos que genere el pago de tales
derechos, constituyen recursos propios del Ministerio de Pesquería”. Actualmente
la Ley del canon constituye una
modificación de la norma al partirlos en dos: una parte para el canon y otra
para Produce. Lo debido, ahora, es destinar este último 50% a inversión en programas
sociales de alimentación. El punto es que la pesca beneficie a las mayorías y
no solamente a los pesqueros.
La página 55 de la presente edición contiene
las cifras que muestran cómo se efectúa la transferencia del canon pesquero. La
página 4 muestra una data histórica desde 1998.
La
revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y
de la pesquería. Proporciona información e ideas obtenidas de diversas fuentes,
que exponen la temática de la pesca en el Perú y el mundo, con el objeto de
contribuir a la formación de opinión propia en base a la lectura de las notas
publicadas.
Siendo
la pesca una actividad poco difundida y poco conocida por el ciudadano común,
pretende contribuir a la generación de mayor conocimiento individual derivada
del análisis de los artículos. Se publica en forma mensual, en formato
digital y su descarga es gratuita para quien desee conocer el sector
pesquero y mantenerse informado sobre su temática.
Para
mantenerse informado los invito a formar parte del grupo “Pesca y Mar”, en
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cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a ABRIL 2018
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