La gestión pesquera
Se espera que, antes de entrar en propuestas promocionales de la pesquería se realice un estudio que permita determinar cuáles serían las especies objetivo, cuál el volumen de su biomasa, cuáles serían los períodos de vedas reproductivas, cuál sería el efecto ecosistémico de su explotación, para llegar a determinar una tasa anual de captura por especie. De esta información se deriva la capacidad de bodega que debería tener una flota con intención de incursionar en la actividad extractiva, la cuota anual de extracción, las cuotas individuales a asignar y los períodos de pesca. Solo entonces podríamos pretender introducir mayor esfuerzo pesquero sobre el ecosistema marino de Humboldt.
28 de marzo de 2020
PRODUCE ELEVA LA CUOTA DE PESCA DEL JUREL PARA EL 2020 A 140,000 TONELADAS
El
Ministerio de la Producción (Produce) informó que hoy se amplió el límite de
captura del recurso jurel (Trachurus murphyi) para el período 2020 de 100,000
toneladas a 140,000 toneladas.
A
través de la Resolución Ministerial N° 123-2020-PRODUCE, sostuvo que las
capturas sólo serán realizadas por embarcaciones artesanales, manteniéndose
vigente la suspensión de las actividades extractivas de embarcaciones de mayor
escala, según lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 094-2020-PRODUCE.
Asimismo,
detalló que las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en
Pesca y Acuicultura de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho
Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción
realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el
cumplimiento de lo dispuesto en la citada norma.
Además
lo harán las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales
y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del
Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas
competencias.
Razones
del incremento
Se
debe señalar que mediante Memorando N° 00000139-2020-PRODUCE/OGEIEE, la Oficina General de Evaluación de Impacto y
Estudios Económicos remitió el “Reporte de Avance de la Cuota de pesca de Jurel
para CHD Temporada de pesca 2020 20/03/2020”, el cual señala, entre otros, que
con relación a la cuota global establecida de 100 toneladas en enero pasado, se
tiene un avance de 97.7%.
De
igual manera, la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General
de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura señala que las
condiciones ambientales favorables permiten la disponibilidad del recurso
jurel.
Asimismo,
en vista de la necesidad de garantizar de manera inmediata y oportuna el
abastecimiento a los mercados nacionales, se recomendó que la ampliación del
límite de captura del recurso jurel solo sea aplicable a la flota artesanal.
Fuente
¿Medida técnica o política?
La
flota industrial y la industria pesquera no podrán disponer de jurel capturado
en el dominio marítimo peruano con los impactos que se deriven de la medida.
Esto no les beneficia y la norma podría incrementar el nivel de tensión y
conflicto, ya existente desde los problemas derivados de la segunda temporada
de anchoveta 2019 incubándose el germen de un nuevo motivo de enfrentamiento
entre la administración y la industria.
La
flota artesanal y de menor escala será la única que pueda capturar jurel, lo
que les beneficia obviamente y seguramente debe generar un ambiente de apoyo a
la norma y a la administración.
Chile,
que es el promotor y el real poder de la Organización Regional de Ordenación
Pesquera del Pacífico Sur (OROP PS), seguramente intensificará sus pedidos de
sanción para el Perú por este incremento de cuota, que ocurre a escasas semanas
de la última reunión de la Organización en Vanuatu, que fue muy tensa en la
medida de que se trató de sancionar a Perú por el incremento de la cuota de
2019. Es necesario fijar una posición en relación a la conveniencia práctica de
permanecer en una organización hecha a medida de las necesidades de Chile y
controlada por este país, que no beneficia en nada al Perú.
Una
medida con tres impactos cuya magnitud se verá en los próximos días cuando termine la cuarentena, se instale la Comisión
de Producción del Congreso y se reinicie la campaña “crisis en la pesca”.
Sin
embargo, la medida es, como todas las que usualmente se adoptan, inmediatista y
de corto plazo. Lo que se requiere, como la verdadera solución final, es fijar
la posición del Estado en cuanto al jurel en el largo plazo:
¿Será
de exclusividad para la flota artesanal y de mediana escala, o será compartida
con la flota industrial? Si fuese compartida, ¿en qué proporción?
¿Debe
normarse el destino final del jurel, regulando si será para consumo nacional o
exportación? ¿O en alguna fórmula proporcional?
¿Seguiremos
el juego de Chile en la OROP PS gastando dinero en nuestra permanencia y
asistencia a dicho organismo inútilmente, cuando ya se expuso públicamente que
la soberanía nacional se ejerce dentro de nuestro dominio marítimo, aún cuando
la OROP se moleste y nos lance amenazas?
1 de diciembre de 2019
Revista Pesca diciembre 2019
Durante la existencia de la Revista Pesca,
sus contenidos han tratado de crear conciencia de responsabilidad, de espíritu
analítico y de propiciar la generación de criterios propios en base a
información, que generen corrientes de opinión que contribuyan a la mejoría de
la actividad pesquera.
La línea editorial principal de la Revista
Pesca ha sido destacar la necesidad de una Política de Estado para la pesquería
peruana. En esta línea de pensamiento se han escrito artículos con la intención
de generar corrientes de opinión sanas y constructivas.
Es así como se cierra este ciclo de
actividad de opinión y de difusión de información, con la esperanza de que en
el futuro próximo cercano, el país disponga de más personas interesadas en la
pesca con conciencia de la necesidad de la sostenibilidad de sus recursos
hidrobiológicos, que a su vez cultiven un espíritu crítico basado en
información analizada y no en medias verdades o datos incompletos.
Deseamos a nuestros lectores unas felices
fiestas navideñas y que el año que viene les traiga la realización de todos sus
deseos.
La Revista Pesca agradece la atención de los
lectores que han seguidos sus publicaciones durante los 59 años que ha
permanecido en el escenario pesquero.
Los
invito cordialmente a leer la última edición de la Revista Pesca y a
compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.
31 de octubre de 2019
Editorial Revista Pesca noviembre 2019
El artículo 66 de la Constitución Política
establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son
patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley
orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a
particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha
norma legal.
El artículo 73 establece que los bienes de
dominio público son inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso público
pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento
económico.
En base a dicho marco constitucional, la Ley
26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos
Naturales, fija la extensión del dominio del Estado y, el modo de acceso:
El artículo 4 establece que los recursos
naturales mantenidos en su fuente, sean estos renovables o no renovables, son
Patrimonio de la Nación. Los frutos y productos de los recursos naturales,
obtenidos en la forma establecida en la presente Ley, son del dominio de los
titulares de los derechos concedidos sobre ellos.
El artículo 19 establece que los derechos
para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los
particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para
cada recurso natural. En cualquiera de los casos, el Estado conserva el dominio
sobre estos, así como sobre los frutos y productos en tanto ellos no hayan sido
concedidos por algún título a los particulares.
El artículo 21 establece que la Ley especial
dictada para el aprovechamiento sostenible de cada recurso natural precisa las
condiciones, términos, criterios y plazos para el otorgamiento de los derechos,
incluyendo los mecanismos de retribución económica al Estado por su
otorgamiento, el mantenimiento del derecho de vigencia, las condiciones para su
inscripción en el registro correspondiente, así como su posibilidad de cesión
entre particulares.
Finalmente, el artículo 23 establece que la
concesión, aprobada por las leyes especiales, otorga al concesionario el
derecho para el aprovechamiento sostenible del recurso natural concedido, en
las condiciones y con las limitaciones que establezca el título respectivo.
En este contexto, las decisiones tomadas por
el Estado Peruano en cuanto a los recursos naturales existentes dentro de sus
aguas jurisdiccionales, son soberanas y no están sujetas a interferencia
extranjera.
En la presente edición, la Revista Pesca
resume los hechos importantes que el lector debe conocer en relación a la
Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP PS) y a la pretensión
chilena de cuestionar el derecho peruano a disponer de la pesca de cualquier
recurso en aguas jurisdiccionales, con el deseo de que el lector debidamente
informado investigue, saque sus propias conclusiones y forme su opinión.
La revista Pesca nos informa sobre temas del mar y de la pesca. Difunde
información e ideas obtenidas de diversas fuentes sobre la pesca en el Perú y
el mundo. Intenta contribuir a la formación de opinión propia en base a información
diversa.
Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es
gratuita para quien desee conocer el sector pesquero.
Los
invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a noviembre
2019 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.
En
el siguiente link:
11 de octubre de 2019
Acuerdo de Naciones Unidas sobre Poblaciones de Peces - Acuerdo de Nueva York
El Acuerdo de las Naciones
Unidas para la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativo a la
conservación y gestión de las poblaciones de peces transzonales y las
poblaciones de peces altamente migratorios (en vigor a partir del 11 de
diciembre de 2001)
El Acuerdo de las Naciones Unidas para la
Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre
el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativo a la conservación y
gestión de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces
altamente migratorios establece principios para la conservación y gestión de
esas las poblaciones de peces y establece que dicho manejo debe basarse en el
enfoque de precaución y la mejor información científica disponible. El Acuerdo
desarrolla el principio fundamental, establecido en la Convención, de que los
Estados deben cooperar para garantizar la conservación y promover el objetivo
de la utilización óptima de los recursos pesqueros tanto dentro como fuera de
la zona económica exclusiva.
El Acuerdo
intenta alcanzar este objetivo proporcionando un marco para la cooperación en
la conservación y gestión de esos recursos. Promueve el buen orden en los
océanos mediante el manejo y la conservación efectivos de los recursos de alta
mar mediante el establecimiento, entre otras cosas, de normas internacionales
mínimas detalladas para la conservación y el manejo de las poblaciones de peces
transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios; asegurar
que las medidas tomadas para la conservación y gestión de esas poblaciones en
áreas bajo jurisdicción nacional y en alta mar adyacente sean compatibles y
coherentes; asegurar que existan mecanismos efectivos para el cumplimiento
y la aplicación de esas medidas en alta mar;
El Acuerdo fue
adoptado el 4 de agosto de 1995 por la Conferencia
de las Naciones Unidas sobre las poblaciones de peces transzonales y las
poblaciones de peces altamente migratorios y se abrió a la firma
el 4 de diciembre de 1995. Permaneció abierto a la firma hasta el 4 de
diciembre de 1996 y fue firmado por 59 Estados y entidades.
Los requisitos para la entrada en
vigor del Acuerdo se cumplieron el 11 de noviembre de 2001, cuando el Ministro
de Relaciones Exteriores de Malta depositó un instrumento de adhesión al
Acuerdo con el Secretario General. El instrumento fue el trigésimo
instrumento de ratificación o adhesión depositado. El Acuerdo entró en vigor
el 11 de diciembre de 2001, es decir, 30 días después de la fecha de depósito
del trigésimo instrumento de ratificación o adhesión, de conformidad con el
artículo 40 (1) del Acuerdo.
El Acuerdo se encuentra
disponible en este link:
Miembros adherentes: Ver en el siguiente link:
No obstante haber entrado en
vigencia el Acuerdo de Nueva York, muchos son los Estados que no la han
ratificado, señalándose como argumento que el Acuerdo ha suscitado algunas
inquietudes en los Estados ribereños, puesto que se ha planteado la duda acerca
de si el Acuerdo afecta o podría afectar los derechos del estado ribereño para
el manejo de la pesca dentro de la ZEE, o acerca de cómo se cautelan sus
derechos e intereses en la alta mar en relación a aquellos de las naciones
pesqueras de aguas distantes.
En efecto, el intento de regular
y proteger los recursos vivos de la alta mar puso en evidencia los intereses
opuestos entre los Estados ribereños que defienden la exclusividad en el
aprovechamiento de las especies marinas que se encuentran en las aguas
sometidas a su jurisdicción, y los Estados de pesca a distancia, que mantienen
una presión sobre los recursos vivos en la alta mar, en especial las
poblaciones de peces compartidas, en particular las especies transzonales y las
especies altamente migratorias, que son aquellas que se localizan dentro y
fuera de las 200 millas, y que recorren tanto las aguas de alta mar como las
aguas nacionales de los Estados ribereños que se encuentran en su itinerario
vital, lo cual pondría en peligro el derecho de estos Estados de explotar tales
reservas en las zonas sometidas a su soberanía y menoscabaría la eficacia de
las medidas de conservación y ordenación que hayan adoptado con ese fin.
La movilidad y los hábitos
migratorios que caracterizan a las poblaciones de peces de la alta mar permiten
que su explotación descontrolada más allá de las 200 millas repercuta
negativamente en las aguas sometidas a la jurisdicción costera, por ende
perjudique a los intereses de los Estados ribereños. Sin embargo, y tomando en
cuenta la unidad del medio marino, se sostiene que la gestión incorrecta de las
zonas económicas exclusivas también incide negativamente sobre los recursos
ubicados fuera de esas zonas, lesionando los intereses de otros Estados, por lo
que, progresivamente se han intentado soluciones colectivas a los problemas de
conservación y ordenación de las especies marinas compartidas, optándose por la
creación de arreglos u organismos regionales de ordenación pesquera (OROP), tal
como lo establece, en principio la Convemar y desarrolla el Acuerdo.
Fuente
Agenda Internacional Año XX, N° 31, 2013, pp. 71-97
ISSN 1027-6750
El régimen jurídico internacional de la pesca en
alta mar y la OROP del Pacífico Sur
Eduardo Ramos Ferretti
29 de septiembre de 2019
59 años de la Revista Pesca
En octubre de 1960,
Alejandro Bermejo fundó la Revista Pesca en un escenario completamente
diferente al que vive la pesquería peruana el día de hoy.
Las diferencias
entre la actual década y la del 60 son obvias; pero quizá lo que marca la mayor
distinción es la globalización y el alcance del entorno comunicacional e informativo.
Hoy se tiene mayor acceso a la información y al conocimiento gracias a la internet
y a los avances tecnológicos; pero a su vez existen mayores riesgos generados
por las informaciones falsas, los comentarios tendenciosos y las manipulaciones
sicológicas que se hacen a través de la nueva parafernalia informativa.
En dicho contexto, la
Revista Pesca se adaptó al entorno y se alejó de la edición impresa para
convertirse en una edición digital en línea para facilitar el acceso, además, a
mayores lectores.
Amplió su espectro
informativo a temas pesqueros, ambientales y oceanográficos del mundo y del
Perú en un afán de proporcionar datos objetivos que permitan al lector ampliar
su visión, adoptar juicios personales y sacar conclusiones propias en base a
información verificable y lo más objetiva posible.
El entorno actual
crea un escenario favorable a la inducción de ideas y a la manipulación, por lo
cual la generación de opiniones propias basadas en análisis de la data que se
publica, se constituye en una necesidad vital para mantenerse centrado en los
temas de fondo y no convertirse en parte de una población que sigue a ciegas
las opiniones de otros, que no necesariamente pueden ser ciertas, valederas o
correctas.
Fijar posición en
base a análisis de datos y de diferentes puntos de vista es lo que debe contar
para el lector.
La revista Pesca es
un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería.
Difunde información, ideas y corrientes de opinión que tienen por objeto
crear conciencia de la necesidad de hacer sostenible la extracción de los
recursos marinos, de seguridad alimentaria y del cuidado del medio
ambiente. Pero, sobre todo, de contribuir con información para que el lector
empiece a formarse una opinión propia sobre la problemática pesquera.
Nos anima el sincero
deseo de ser comunicadores de información objetiva, técnica y política que nos
permita contribuir al engrandecimiento del conocimiento mar y de sus recursos
por parte de la ciudadanía, para poder defender el buen uso de sus recursos
naturales y de sus ecosistemas marinos, fluviales y lacustres.
En 2019 la revista
Pesca cumple 59 años al servicio de la información pesquera, tratando de
innovar para informar y comunicar cada vez mejor.
La
revista Pesca nos informa sobre temas del mar y de la pesca. Difunde
información e ideas obtenidas de diversas fuentes sobre la pesca en el Perú y
el mundo. Intenta contribuir a la formación de opinión propia en base a información
diversa.
Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es
gratuita para quien desee conocer el sector pesquero.
Los
invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a octubre
2019 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.
En
formato revista en el siguiente link:
30 de agosto de 2019
Revista Pesca septiembre 2019: editorial
En los países
desarrollados, que consumen la mayor parte de la producción mundial de
alimentos, en especial los hidrobiológicos, las personas que tienen más dinero
para comprar más alimentos pagan por productos cada más sofisticados en
elaboración, envasado, y otras exquisiteces. Más que necesidad básica de
alimentación, satisfacen exigencias gastronómicas. Es su realidad y son sus
posibilidades.
Mientras esto ocurre
en los países desarrollados, en el resto del mundo y en nuestro país, una parte
considerable de la población continúa con bajos niveles de consumo y de acceso
a los alimentos, como los hidrobiológicos, con el consecuente nivel de
desnutrición. Es difícil de acceder a sus precios, bien sea que provengan de la
pesca o de la acuicultura.
La coexistencia del
hambre con la abundancia de productos de alto contenido proteínico como la
anchoveta, entre otros recursos pesqueros, es una realidad que puede ser
revertida.
La desnutrición infantil
es un indicador que, mientras no se resuelva, no permitirá el crecimiento
nacional con equidad e inclusión. Niños menores de dos años padecen de
desnutrición crónica en el Perú y sufren de anemia por deficiencias de hierro
en su alimentación.
Los problemas de anemia
y desnutrición que presenta el Perú, no se dan solamente por el lado de la
disponibilidad de alimentos, sino también por el lado del acceso, de manera
específica por los niveles de ingreso que limitan a una parte importante de la
población para comprar, por ejemplo, pescado.
El mercado no puede
resolver el problema de la anemia ni de la desnutrición. Hay una imposibilidad
para acceder a los alimentos por parte de amplias poblaciones que no pueden
pagar los precios actuales.
En este contexto, es
necesario dar una mirada a las posibilidades de atender las necesidades de
alimentación de los sectores más necesitados utilizando los recursos pesqueros
más abundantes que tiene el país.
El Estado y el
sector privado tienen un amplio margen de acción para trabajar juntos en ese
sentido.
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invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a septiembre
2019 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.
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formato revista en el siguiente link:
28 de julio de 2019
Editorial agosto 2019 Revista Pesca
El futuro del Perú está
en manos de sus ciudadanos.
No son las políticas
públicas ni las normas regulatorias, las que llevarán a la pesca a un desarrollo
sostenible e inclusivo. Es la actitud y el compromiso de los ciudadanos, los
pescadores, los trabajadores, quienes tenemos que tomar con seriedad el tema y actuar
en forma responsable, con una visión de país y de largo plazo. Tenemos que
establecer qué clase de pesquerías queremos y necesitamos, así como los medios
que usaremos para conseguirlas. Necesitamos definir el tema en un escenario
constructivo.
La educación y capacitación, más allá de lo que las
entidades responsables y/o la empresa privada puedan o no hacer, no puede
proporcionar nuevas capacidades o innovación si no se trazan objetivos
estratégicos que orienten el esfuerzo hacia una meta más grande que las
necesidades inmediatas.
La gente comprometida con la información útil, veraz y
técnica, demandará una clase de educación y/o capacitación, o se auto
capacitará, teniendo como meta objetivos concordantes con el modelo de
pesquerías que se quiere tener.
La crítica actual, que es esencialmente destructiva,
sin aporte técnico alguno, debe superar y trascender la constante queja y las exigencias
que solo buscan objetivos inmediatos de corte comercial, económico o político.
El pescador y el ciudadano, deben buscar liberarse de
la influencia que se ejerce sobre él a través de diversos mecanismos que ahogan
al desarrollo pesquero y buscar el rumbo que nos lleve a una pesquería
inclusiva y sostenible, en un contexto amigable con el ecosistema y el medio
ambiente.
Será el día en que pensemos y sintamos que nuestro
futuro depende de nosotros mismos y de nadie más, el día en el cual las cosas
empiecen a cambiar. Será el día en que dejemos de pensar que todo debe ser
proveído por el Estado, cuando desarrollemos la capacidad de forjarnos un
futuro real sin demandar paternalismos a nadie.
Cuando desalojemos de nuestras mentes y corazones la
falsa noticia, la desinformación, la manipulación, las medias verdades y la
actitud de esperar todo del Estado, seremos capaces de asumir el control de
nuestros recursos naturales con patriotismo, con responsabilidad y con derecho.
La manipulación informativa, que nos mantiene bajo la
dependencia sicológica de ideas que defienden intereses de parte, carece de
visión de país y nos pone bajo el dominio de influencias inapropiadas para
estimular la construcción de un mejor futuro.
Está en nuestras manos la construcción del país que
queremos para las próximas generaciones, con solidaridad, racionalidad y
sentido de inclusión de las poblaciones vulnerables en la pesquería y en la vida
nacional.
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revista Pesca nos informa sobre temas del mar y de la pesca. Difunde
información e ideas obtenidas de diversas fuentes sobre la pesca en el Perú y
el mundo. Intenta contribuir a la formación de opinión propia en base a información
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invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a AGOSTO
2019 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.
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formato revista en el siguiente link:
29 de junio de 2019
Editorial Revista Pesca julio 2019
La pesquería sigue siendo conceptuada como
fuente de riqueza vía exportación, negándonos a aceptar que primero debe ser
fuente de alimentación nacional y luego ser usada como arma estratégica de
negociaciones en un mundo que poco a poco se verá más inundado por el hambre.
El interés nacional requiere que se
privilegie la alimentación de la población nacional por encima de todo. Ello
impone una adecuada preservación de los recursos pesqueros, del ecosistema y
del medio ambiente, de tal forma que se garanticen alimentos, en especial para la población más vulnerable del país en
forma prioritaria.
La crisis mundial de alimentos y el índice
de desnutrición de nuestro país, nos obligan a ser totalmente objetivos a fin
de proteger los recursos hidrobiológicos que proporcionan alimentación. Estos
recursos, además de representar una oportunidad importante para la
alimentación, constituyen una reserva estratégica que en el mediano plazo
pueden colocar al Perú en una posición ventajosa en términos de abastecedor
mundial de alimentos.
El escenario al día de hoy es una herencia de un enfoque que poca atención
le ha prestado a la pesca artesanal y al mercado interno y que genera
polarización y situaciones de enfrentamiento y conflicto mediático
frecuentemente.
El desconocimiento del sector pesquero es compartido por la prensa y por la
propia sociedad, y por tanto ambos resultan indolentes al problema. Existe un
vacío de conocimiento que es aprovechado para manipular información en uno u
otro sentido. El ciudadano común está expuesto a una u otra corriente de
opinión sin mayor posibilidad de defensa o de réplica
Conociendo los procesos y el entorno en el cual se describen y analizan
algunos aspectos del sector pesquero, se puede percibir mejor el origen y
naturaleza de los problemas que se enfrentan para lograr la correcta regulación
de la pesquería en el país.
En esta situación, corresponde a cada ciudadano informarse mejor sobre la
problemática pesquera a fin de formarse una opinión propia sobre la misma y no
dejarse influenciar por la publicidad y los medios.
Solo el análisis individual que nos permita separar la información falsa de
la real y la identificación de la insana crítica destructiva, sin fundamento
generalmente, nos hará libres para opinar con propiedad sobre la problemática
pesquera del país.
Los insultos y la descalificación sin fundamento, que se observan
frecuentemente en las redes sociales, no son referentes para formar opinión ni
fijar posición.
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invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a JULIO
2019 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.
31 de mayo de 2019
La extracción de recursos hidrobiologicos
La extracción de recursos naturales
renovables como los pesqueros debe pagar un “justo precio” por el uso de
recursos naturales de propiedad pública.
No se puede subordinar tácita o
explícitamente el interés público al interés privado. El concepto de Nación y
de Estado está ligado a la subordinación de los intereses privados al interés
nacional, dentro del marco legal y normativo vigente.
Los recursos pesqueros son valores
que no pertenecen al explotador del recurso sino a su dueño, que en el caso de
los peces somos todos los ciudadanos a través del Estado que nos representa.
Derechos de pesca no es lo mismo que
el impuesto a la renta. Es el justo precio o remuneración que debe recibir el
propietario de los recursos naturales, como contrapartida del aporte que éste
hace al ceder sus recursos en el proceso extractivo. Así como el trabajador que
es dueño de su fuerza de trabajo recibe un salario como retribución a su
participación en la producción, y el capitalista una rentabilidad por sus
aportes de capital, los dueños de los recursos naturales, deben recibir una
retribución justa y consistente con el aporte real que estos recursos hacen a
la producción.
Este no es un pago caprichoso para
aumentar los ingresos del tesoro público, sino que más bien es un instrumento
que permitirá el adecuado balance entre la mortalidad comercial de recursos
naturales y los beneficios económicos de las empresas operadoras. Un dividendo
por el derecho a explotar un recurso natural, que es de propiedad de todos los
peruanos. Una compensación por los impactos generados sobre el ecosistema
y sobre el medio ambiente. Es innegable que el ecosistema marino de Humboldt se
impacta por la extracción de un recurso que es importante eslabón de la cadena
trófica. Nadie puede evadir el hecho del impacto que la industria causa en las
poblaciones costeras a través de los vertidos contaminantes a las bahías y de
los humos y olores que afectan a los vecinos de las comunidades en las cuales
hay industria. Esos pasivos ambientes no cuantificados aún ¿de quién son
responsabilidad y quién va a financiar su recuperación?
El modelo exportador de productos
pesqueros se ha ejercido a través de ceder, en forma muy barata y hasta sin
costo en muchos casos como los extraídos por la pesca artesanal, la renta de
los recursos pesqueros. Se ha creado un negocio para capturar esa renta basado
en una materia prima que es casi gratis, que no requiere de inversión, cuidado,
mantenimiento ni nada parecido como los recursos agrarios, por ejemplo, o el
ganado. Los peces están ahí, no cuesta mantenerlos; pero no por eso pueden ser
gratis ni muy baratos tampoco. Sobre todo, porque tienen dueño.
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el mundo. Intenta contribuir a la formación de opinión propia en base a información
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cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a JUNIO 2019
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