La gestión pesquera

Se espera que, antes de entrar en propuestas promocionales de la pesquería se realice un estudio que permita determinar cuáles serían las especies objetivo, cuál el volumen de su biomasa, cuáles serían los períodos de vedas reproductivas, cuál sería el efecto ecosistémico de su explotación, para llegar a determinar una tasa anual de captura por especie. De esta información se deriva la capacidad de bodega que debería tener una flota con intención de incursionar en la actividad extractiva, la cuota anual de extracción, las cuotas individuales a asignar y los períodos de pesca. Solo entonces podríamos pretender introducir mayor esfuerzo pesquero sobre el ecosistema marino de Humboldt.

27 de mayo de 2026

El mar regalado: quién gana con los derechos de pesca en el Perú

 

El Punto de partida: ¿de quién es el recurso hidrobiológico?

Hay abundancia de algunos recursos, pero no necesariamente buena captura de valor.

La constitución política del Perú en el CAPÍTULO II DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES Artículo 66°, dice: Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación.  El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.

La anchoveta, así como los otros recursos, no es de las empresas. Es un recurso natural del país, administrado por el Estado a través de entidades como IMARPE y PRODUCE.

Una pregunta difícil de responder: ¿Cuánto cuesta el pez en el agua antes de ser extraído?

Los peces en el agua no se cuidan, no se riegan, no se abonan, no se les alimenta. Nadie gasta en mantenerlos. Sobreviven por sí mismos. Cuando alguien los extrae de su hábitat, si bien es cierto tiene un gasto para hacerlo, al final los peces son gratis.

¿Deben serlo?

La distribución del canon pesquero en base a índices, es ineficaz e injusta. El que existan recursos que no pagan debido a la modalidad de extracción, empeora la situación.

Sobre el impuesto a la renta aportado por el sector se sabe poco o nada puesto que no se publica información oficial sobre montos recaudados, quienes pagaron y quienes no.

La pesca como generadora de renta económica. ¿Qué son los derechos de pesca?

Son el pago que hacen las empresas al Estado por extraer un recurso que es de todos los peruanos.

Conceptualmente la anchoveta, como cualquier otro recurso hidrobiológico, es patrimonio de la Nación. El Estado cobra una retribución económica (derecho de pesca) por su explotación.

Los pescadores artesanales realizan capturas sin pagar ningún derecho de pesca, y los industriales pagan muy poco.

Las tasas actuales de derechos de pesca ¿son suficientes o justas, para los recursos afectos?

Hablar de los derechos de pesca

En el Perú resulta un tema controversial y complicado. Por un lado, como implica que los armadores (no todos ya que los artesanales están exonerados) tienen que pagar algo por el derecho a extraer peces del mar, causa rechazo. A nadie le gusta pagar tasas ni impuestos. Y cada vez que se pretende modificar la tasa, en especial la de la anchoveta para CHI, surgen críticas, reclamos, e inundación de noticias en los medios para expresar que se paga demasiado.

Por otro lado y como principal problema: no existe información pública directa de cuánto paga cada empresa por derechos de pesca. PRODUCE no publica ese desglose. Tampoco publica quién pagó ni quien debe ni cuánto se ha recaudado años tras año o lo que ha hecho con ese dinero.

Sin embargo existe abundante información en los medios sobre las exportaciones pesqueras y la generación de empleo con cifras, algunas imposibles de creer y sin sustento ni evidencia, lo que supone un sesgo hacia una sola parte de la actividad pesquera: sus ingresos, mas no sus aportes al país.

¿Derechos o participación en la renta?

El tema no es la asignación de una tasa como derecho de pesca, sino la participación del país en la renta del recurso.

Antes de entrar al análisis es necesario entender  qué es la participación en la renta. Es, en sencillo, qué parte de la riqueza (ganancias) generada por una actividad económica se queda cada actor. La participación en la renta es un concepto financiero, corporativo y fiscal que se refiere al derecho o proporción de las utilidades (renta neta) que le corresponde recibir a un inversionista, socio o participante de un negocio.

Cuando una actividad produce dinero (por ejemplo la pesca), se genera una renta económica. Esa renta se reparte entre: El Estado, a través de impuestos, regalías, derechos. Las empresas, utilidades. Y a veces trabajadores u otros actores.  La participación en la renta mide qué porcentaje se lleva cada uno.

En este caso, la población del Perú, representada por el Estado, es el dueño del recurso que genera la renta. Entender esto es fundamental. Este concepto es clave en sectores de recursos naturales (como la pesca), porque los recursos son de todos los ciudadanos. El Estado decide cuánto cobrar por su uso y define si el país captura poca o mucha renta.

El caso de la anchoveta para el CHI

CHI = Consumo Humano Indirecto, es decir, anchoveta que no se destina a comer directamente, sino a: Harina de pescado y aceite de pescado. Esta es la base de la industria pesquera industrial del Perú.

¿Cómo se calculan para CHI?

Para anchoveta destinada a CHI, el derecho de pesca se calcula como un porcentaje del valor de la harina de pescado (FOB). Antes: era el 0.25% y luego se elevó a: 0.43% del valor FOB de la harina de pescado.

Es decir: Si sube el precio internacional de la harina, sube lo que paga la industria.  Si baja el precio, también baja el pago.

Entonces, ¿debe el país participar en la renta de la harina de pescado?

En este escenario, cuando una empresa captura anchoveta y la convierte en harina de pescado, está usando un recurso patrimonial de la Nación. Por lo tanto, el país debe participar de la renta de la industria reductora de harina de pescado no por “ideología”, sino por lógica económica y de propiedad. En una proporción justa.

Además, por tres razones estructurales:

(1) Propiedad colectiva

El recurso pertenece a todos los ciudadanos.

El Estado debe capturar parte de la renta en nombre de la sociedad.

(2) Renta económica

En industrias como la harina de pescado, no todo es “ganancia normal” por esfuerzo empresarial. Hay una renta asociada a: Abundancia natural del recurso. Condiciones oceanográficas excepcionales del Perú

Esa renta no la “creó” la empresa → es capturable por el Estado.

(3) Equidad intergeneracional

La sobreexplotación hoy reduce riqueza futura.

Capturar renta permite: Invertir en ciencia o en lo que fuese.

El verdadero debate no es “sí o no”. La pregunta importante no es si debe haber participación estatal,  sino: ¿Cuánta participación y cómo se cobra?

Porque debe haber un equilibrio:

Muy baja participación → el país “regala” renta

Muy alta o mal diseñada → desincentiva inversión o fomenta evasión

En el Perú, la realidad es incómoda. En la anchoveta para harina de pescado el Estado cobra derechos de pesca relativamente bajos y la mayor parte de la renta queda en las empresas

Hay participación estatal… pero es limitada.

El país debe tener participación en la renta de la harina de pescado porque el recurso es público y existe renta económica capturable. Es una herramienta de equidad y sostenibilidad

La dificultad radica en establecer con precisión el precio de ese derecho de pesca de forma que ni sea tan grande que acabe con la explotación ni tan pequeño que no haga partícipe del negocio al país. El Estado debe participar en forma justa y equitativa no solamente en la rentabilidad del negocio, sino que, también debe ser resarcido por los impactos que la pesquería causa sobre el ecosistema y el medio ambiente, los cuales son independientes de la rentabilidad del negocio.

Esto tiene que ser entendido en su verdadero contexto. El impuesto a la renta de tercera categoría es una participación en las utilidades empresariales. Pero ocurre que una empresa puede tener grandes, medianas o pequeñas utilidades; o aún pérdidas. Depende de su nivel de eficiencia. Sin embargo para llegar a cualquiera de esos niveles de utilidad o pérdidas, se ha efectuado una extracción de recursos pesqueros real, con los efectos e impactos inevitables que ello produce sobre el ecosistema y el medio ambiente; más aún luego de su procesamiento. Ese solo acto merece una compensación adecuada.

Pero la discusión clave y política es otra:

¿Está el Perú capturando lo que debería… o está dejando renta sobre la mesa?

La renta que se escapa debe ser el debate pendiente sobre los derechos de pesca.

Información complementaria en el siguiente link:

https://revistapesca.blogspot.com/2026/05/el-impacto-de-la-primera-temporada-de.html

No hay comentarios.: