La gestión pesquera

Se espera que, antes de entrar en propuestas promocionales de la pesquería se realice un estudio que permita determinar cuáles serían las especies objetivo, cuál el volumen de su biomasa, cuáles serían los períodos de vedas reproductivas, cuál sería el efecto ecosistémico de su explotación, para llegar a determinar una tasa anual de captura por especie. De esta información se deriva la capacidad de bodega que debería tener una flota con intención de incursionar en la actividad extractiva, la cuota anual de extracción, las cuotas individuales a asignar y los períodos de pesca. Solo entonces podríamos pretender introducir mayor esfuerzo pesquero sobre el ecosistema marino de Humboldt.

29 de octubre de 2011

Normas coherentes con una nueva política pesquera

Tres de las normas más importantes dictadas hasta el momento por la administración de pesquería, coherente con una nueva política sectorial aprobada y expuesta ante el Congreso de la República, que entre otras pretende una administración libre de corrupción y de presiones que tradicionalmente han existido, se mencionan a continuación:
 

DECRETO SUPREMO Nº 015-2011-PRODUCE


Este Decreto Supremo  deja sin efecto el Régimen Especial de Pesca de Anchoveta y dispone los destinos del Fondo de Promoción de la Pesca Artesanal – PROSUR que violaba la intangibilidad de las 5 millas en perjuicio de la pesca artesanal y que fue materia de controversia, presiones, conflictos y divisionismo en los agentes sectoriales del sur del Perú. Corrección destacable de la actual administración de pesquería.


Derógense el Decreto Supremo Nº 003-2008-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 019-2008-PRODUCE 1y todas las normas complementarias referidas al Régimen Especial de Pesca del Sur.


Artículo 2º.- Cese de las Comisiones Técnicas Las Comisiones Técnicas encargadas de supervisar el uso y destino de los aportes al Fondo PROSUR cesarán en sus funciones, a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, debiendo presentar a la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción, un informe debidamente sustentado, sobre el ejercicio de las facultades conferidas mediante el Decreto Supremo Nº 003-2008-PRODUCE, el mismo que deberá estar a disposición de los titulares de los aportes al Fondo y de las OSPAs beneficiadas, para su conocimiento y control. Los Gobiernos Regionales, en uso de sus atribuciones podrán disponer la realización de una auditoría sobre el uso y  destino del Fondo.


El informe en referencia deberá ser presentado en un plazo que no excederá a 30 días,  contados a partir del día siguiente del cese de sus funciones.


Artículo 3º.-Destino del Fondo PROSUR


Constitúyase un Fideicomiso en una entidad bancaria de primer nivel con la totalidad de los ingresos del Fondo PROSUR, para la mejor utilización de los mismos a través del financiamiento de proyectos productivos sostenibles relacionados al ámbito pesquero y acuícola, con mayor impacto económico y social, que beneficien a la comunidad pesquera artesanal de manera participativa.


Se considerará como Fideicomitente, a APROSUR y a los titulares de los establecimientos industriales pesqueros (EIP) que hayan accedido al REP de Anchoveta y hayan realizado los aportes obligatorios al Fondo PROSUR, los mismos que, para efectos de la celebración del Contrato de Fideicomiso respectivo, serán representados por APROSUR; Fiduciaria, a la entidad que tendrá a su cargo la administración del Fondo PROSUR; y Fideicomisario, a los beneficiarios de cualquiera de los proyectos productivos a que se refiere el primer párrafo de este artículo.
 

DECRETO SUPREMO 016-2011-PRODUCE


El Decreto Supremo 016-2011-PRODUCE, que modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca y el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas pretende introducir un concepto sancionador justo y exigente como corresponde a una norma de esta naturaleza dictada por la autoridad constitucional en defensa de la normativa vigente y en clara coherencia con las políticas diseñadas por el nuevo gobierno dentro de las atribuciones que legítimamente le competen.


Es obvio que los agentes del sector se sientan mortificados, dado que la aplicación de normas que facilitan el control sobre el cumplimiento de normas siempre generará rechazo natural de los afectados por la implementación de normas disuasivas. El escenario anterior de laxitud y extrema flexibilidad no facilitaba ni favorecía la exigencia del cumplimiento de la ley y el orden que tanta falta hace en el sector pesquero.


DECRETO SUPREMO 014-2011-PRODUCE


La publicación del DECRETO SUPREMO 014-2011-PRODUCE,  ROP (Reglamento de Ordenamiento Pesquero) de la pota o calamar gigante da a la pesquería de la pota el privilegio y precedencia de su captura por la flota artesanal y protege a la industria congeladora nacional. Favorece la creación de una flota de altura de bandera nacional para que opere más allá de las 80 millas, reservando de esta manera el espacio comprendido entre la milla 0 y la milla 80 para la flota artesanal peruana.

Expresamente menciona también que su extracción es exclusiva para el Consumo Humano Directo.

23 de octubre de 2011

Mirar al mar de frente...no de espaldas

“A medida que se ha desarrollado el sector pesquero, la situación se ha complicado y la realidad es más compleja. De una parte, los stocks de peces no crecen de manera ilimitada, sino que crecen y viven en un ambiente/medio marino que ofrece oportunidades y limitaciones para el desarrollo de la pesca.

Por ejemplo, un stock de pesca en ausencia de reglamentaciones crece hasta alcanzar un punto de saturación en el que el crecimiento vegetativo (la diferencia en peso entre los que se incorporan y los que mueren) es nulo; y por lo tanto su biomasa (peso del stock completo) se estabiliza.

La situación se complica cuando nos interrogamos ¿por qué existe una propiedad definida sobre los stocks de pesca? ¿Por qué todo el mundo puede utilizarlos sin pagar por ello? Las respuestas son variadas y los análisis sitúan a los científicos en constante revisión de los indicadores a aplicar.

Garret Hardin, en su "tragedia de los comunes", al partir del supuesto que el mar es de todos, admite que "nadie mirará más allá de sí mismo y de sus propios intereses".

A las estructuras de poder que se benefician de la depredación del ambiente no les conviene reconocer que las actividades que fomentan y les reditúan enormes beneficios económicos puedan ocasionar algún daño y el engaño es el mejor aliado a sus intereses.

21 de octubre de 2011

PARA ENTENDER LA PESQUERIA

TIPS PESQUEROS

Þ Las poblaciones de peces no se reproducen con la celeridad y en los volúmenes necesarios para permitir que intervengan nuevos pescadores, sean artesanales o industriales. La dependencia y vulnerabilidad de los pescadores respecto de las actividades de los demás pescadores actuales es inevitable. Con mayor razón si entran nuevos.

Þ Lo prudente es evaluar la magnitud de las biomasas explotables y valorizarlas, deducir el costo de extracción y conocer la renta neta a que pueden aspirar los que pretenden emprender la aventura de pescar. De este análisis resultará una primera información útil que les permita evaluar si salir a pescar es negocio o si ya dejó de serlo hace mucho tiempo debido a que  los recursos pesqueros van disminuyendo en la medida que el esfuerzo pesquero se va incrementando.

Þ Los peces constituyen un recurso natural, biológico, móvil y renovable. Su reproducción no requiere la intervención humana ni implica ningún costo. Sin embargo eso no significa que puedan ser extraídos en forma gratuita.

Þ La pesca está sujeta a la disponibilidad de los recursos. La existencia de demasiadas embarcaciones pesqueras acarrea la sobreexplotación y la disminución de las poblaciones. La reducción de la flota debe ser un objetivo fundamental de la política pesquera.

Þ Cada pez capturado deja de estar disponible para los demás pescadores. Cada pescador se ve afectado por la actividad de los demás pescadores, artesanales o industriales. Por tanto, a mayor cantidad de pescadores, menos capturas para cada uno, sobre todo en un escenario de pesquerías plenamente explotadas. Por tanto, la pesquería no debe admitir más participantes.

Þ La explotación de un recurso natural como las poblaciones de peces es limitada, crece a una tasa determinada y está sujeto a una mortalidad natural, es el resultado de la mortalidad natural y de la mortalidad pesquera, tal y como habíamos subrayado anteriormente.

Þ La productividad individual total de una empresa pesquera y su desarrollo depende, obviamente, del recurso natural, que es único; y está relacionado con lo que pesque un pescador y no otro; además de otros factores biológicos y del comportamiento del stock que puede incidir en las poblaciones de peces.

Þ Desde una perspectiva económica (y aceptando ciertas limitaciones) se viene a definir que un stock de pesca se comporta como un capital (esto es, un dinero invertido a largo plazo). A través de su crecimiento proporciona interés (esto es, el valor económico que crece periodo a periodo).

Þ Debido a que los propietarios de las capturas "somos todos" y está regulado por las instancias institucionales, nos interesa velar por su conservación. Por eso, si empleamos los intereses (sin tocar el capital) podremos seguir consumiendo indefinidamente gracias al capital que tenemos, y estaremos situados en los principios básicos que sustentan las premisas del consumo responsable. Ahora bien, si empleamos parte de los intereses y el capital, estaríamos en la situación que algún día podría agotarse.


“A medida que se ha desarrollado el sector pesquero, la situación se ha complicado y la realidad es más compleja. De una parte, los stocks de peces no crecen de manera ilimitada, sino que crecen y viven en un ambiente/medio marino que ofrece oportunidades y limitaciones para el desarrollo de la pesca.

Por ejemplo, un stock de pesca en ausencia de reglamentaciones crece hasta alcanzar un punto de saturación en el que el crecimiento vegetativo (la diferencia en peso entre los que se incorporan y los que mueren) es nulo; y por lo tanto su biomasa (peso del stock completo) se estabiliza.

La situación se complica cuando nos interrogamos ¿por qué existe una propiedad definida sobre los stocks de pesca? ¿Por qué todo el mundo puede utilizarlos sin pagar por ello? Las respuestas son variadas y los análisis sitúan a los científicos en constante revisión de los indicadores a aplicar.

Garret Hardin, en su "tragedia de los comunes", al partir del supuesto que el mar es de todos, admite que "nadie mirará más allá de sí mismo y de sus propios intereses".




10 de octubre de 2011

Conflictos de intereses en la pesqueria

Conflicto de intereses

El sistema de vigilancia de los desembarques de anchoveta está plagado de conflictos de intereses: las mismas empresas que inspeccionan las descargas, Cerper y SGS, son pagadas directamente por las plantas que son supervisadas. Hay un contrato directo con cada empresa.
 
En 2004, empezó este programa financiado por las compañías debido a la pesca negra que entonces representaba 20% más de la cuota global de anchoveta y generaba pérdidas anuales de más de 300 millones de dólares al Estado, según informó Digsecovi en una reunión con los representantes de SGS que comenzaron esta tarea de vigilancia.

La sucursal de SGS en el Perú, que pertenece a una importante certificadora trasnacional con sede en Suiza, se enfrenta a un problema: a la vez que tiene un área que inspecciona las descargas de anchoveta, que al comienzo supervisaba en todo el litoral y desde 2008 sólo en la zona sur, es la empresa más poderosa en el mercado peruano en certificación de harina de pescado y tiene entre sus principales clientes a casi todas las compañías que son fiscalizadas.

Cerper también es una certificadora de harina, pero su gerente general, José Antonio Chavarri, dijo a IDL-R que sólo tiene el 5% del mercado. Evitó dar más explicaciones.
Que las empresas inspectoras fiscalicen a las plantas y que a la vez brinden servicios de certificación, no está impedido legalmente, pero el conflicto de interés es evidente. Por cada tonelada de harina certificada se cobra 10 dólares y con un promedio de 1 millón 500 mil toneladas de harina que se exporta, hay por lo menos 15 millones de dólares en juego. Eso resulta mucho más atractivo que los 4 millones de dólares anuales que aproximadamente cobra la inspectora por su labor.

“Aquí depende cómo el Estado plantea las reglas de juego. Podría impedir que se presenten como inspectoras aquellas empresas que a la vez brindan servicios de certificación de harina. El Estado está en su derecho de hacerlo y las compañías en evaluar si les conviene”, señaló Eduardo Scerpella, gerente general de la empresa certificadora y de inspecciones Baltic Control y ex gerente de Cerper.

La viceministra de Pesquería, Rocío Barrios, dijo a IDL-R que el Estado va a recuperar su rol fiscalizador y que se evalúa ya no tercerizar el programa de vigilancia.
Debido a que las empresas pesqueras financian el programa, hay tres representantes de la Sociedad Nacional de Pesquería que integran el comité especial para seleccionar a las inspectoras junto a representantes del Ministerio de la Producción. “En esas reuniones del comité, el Estado nunca ha logrado imponer su criterio, siempre son las empresas las que terminan marcando la agenda”, aseguró a IDL-R, la abogada Ursula Letona, ex integrante de esta comisión y ex asesora legal del Ministerio.

El contrato de Cerper y SGS concluyó a fines del año pasado y este año debió elegirse a nuevas supervisoras pero sorpresivamente la convocatoria del concurso fue cancelada a inicios de 2011 por lo que las empresas inspectoras continuaron operando con ampliación del contrato.

Según la viceministra de Pesquería, las anteriores gestiones del Ministerio no realizaron una auditoría de control de calidad del trabajo de estas inspectoras, aunque Cerper asegura que existían consultores externos y funcionarios de Digsecovi que controlaban su trabajo.
En lo que sí coinciden las nuevas autoridades y fuentes relacionadas a las supervisoras es en que la anterior responsable de Digsecovi, Ingrid Sano, cortó toda comunicación y no avanzó en mejorar los controles.

Cerper ni SGS han querido dar detalles de su labor ni responder ante las críticas porque aseguran que el convenio suscrito con el ministerio y una norma de Indecopi les exige confidencialidad.

http://idl-reporteros.pe/2011/10/06/conflicto-de-intereses-x/