La gestión pesquera

Se espera que, antes de entrar en propuestas promocionales de la pesquería se realice un estudio que permita determinar cuáles serían las especies objetivo, cuál el volumen de su biomasa, cuáles serían los períodos de vedas reproductivas, cuál sería el efecto ecosistémico de su explotación, para llegar a determinar una tasa anual de captura por especie. De esta información se deriva la capacidad de bodega que debería tener una flota con intención de incursionar en la actividad extractiva, la cuota anual de extracción, las cuotas individuales a asignar y los períodos de pesca. Solo entonces podríamos pretender introducir mayor esfuerzo pesquero sobre el ecosistema marino de Humboldt.

28 de marzo de 2020

PRODUCE ELEVA LA CUOTA DE PESCA DEL JUREL PARA EL 2020 A 140,000 TONELADAS


El Ministerio de la Producción (Produce) informó que hoy se amplió el límite de captura del recurso jurel (Trachurus murphyi) para el período 2020 de 100,000 toneladas a 140,000 toneladas.

A través de la Resolución Ministerial N° 123-2020-PRODUCE, sostuvo que las capturas sólo serán realizadas por embarcaciones artesanales, manteniéndose vigente la suspensión de las actividades extractivas de embarcaciones de mayor escala, según lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 094-2020-PRODUCE.

Asimismo, detalló que las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la citada norma.

Además lo harán las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Razones del incremento

Se debe señalar que mediante Memorando N° 00000139-2020-PRODUCE/OGEIEE, la  Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos remitió el “Reporte de Avance de la Cuota de pesca de Jurel para CHD Temporada de pesca 2020 20/03/2020”, el cual señala, entre otros, que con relación a la cuota global establecida de 100 toneladas en enero pasado, se tiene un avance de 97.7%.

De igual manera, la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura señala que las condiciones ambientales favorables permiten la disponibilidad del recurso jurel.

Asimismo, en vista de la necesidad de garantizar de manera inmediata y oportuna el abastecimiento a los mercados nacionales, se recomendó que la ampliación del límite de captura del recurso jurel solo sea aplicable a la flota artesanal.

Fuente


¿Medida técnica o política?

La flota industrial y la industria pesquera no podrán disponer de jurel capturado en el dominio marítimo peruano con los impactos que se deriven de la medida. Esto no les beneficia y la norma podría incrementar el nivel de tensión y conflicto, ya existente desde los problemas derivados de la segunda temporada de anchoveta 2019 incubándose el germen de un nuevo motivo de enfrentamiento entre la administración y la industria.

La flota artesanal y de menor escala será la única que pueda capturar jurel, lo que les beneficia obviamente y seguramente debe generar un ambiente de apoyo a la norma y a la administración.

Chile, que es el promotor y el real poder de la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP PS), seguramente intensificará sus pedidos de sanción para el Perú por este incremento de cuota, que ocurre a escasas semanas de la última reunión de la Organización en Vanuatu, que fue muy tensa en la medida de que se trató de sancionar a Perú por el incremento de la cuota de 2019. Es necesario fijar una posición en relación a la conveniencia práctica de permanecer en una organización hecha a medida de las necesidades de Chile y controlada por este país, que no beneficia en nada al Perú.

Una medida con tres impactos cuya magnitud se verá en los próximos días cuando  termine la cuarentena, se instale la Comisión de Producción del Congreso y se reinicie la campaña “crisis en la pesca”.

Sin embargo, la medida es, como todas las que usualmente se adoptan, inmediatista y de corto plazo. Lo que se requiere, como la verdadera solución final, es fijar la posición del Estado en cuanto al jurel en el largo plazo:

¿Será de exclusividad para la flota artesanal y de mediana escala, o será compartida con la flota industrial? Si fuese compartida, ¿en qué proporción?

¿Debe normarse el destino final del jurel, regulando si será para consumo nacional o exportación? ¿O en alguna fórmula proporcional?

¿Seguiremos el juego de Chile en la OROP PS gastando dinero en nuestra permanencia y asistencia a dicho organismo inútilmente, cuando ya se expuso públicamente que la soberanía nacional se ejerce dentro de nuestro dominio marítimo, aún cuando la OROP se moleste y nos lance amenazas?

1 de diciembre de 2019

Revista Pesca diciembre 2019


Durante la existencia de la Revista Pesca, sus contenidos han tratado de crear conciencia de responsabilidad, de espíritu analítico y de propiciar la generación de criterios propios en base a información, que generen corrientes de opinión que contribuyan a la mejoría de la actividad pesquera.

La línea editorial principal de la Revista Pesca ha sido destacar la necesidad de una Política de Estado para la pesquería peruana. En esta línea de pensamiento se han escrito artículos con la intención de generar corrientes de opinión sanas y constructivas.

Es así como se cierra este ciclo de actividad de opinión y de difusión de información, con la esperanza de que en el futuro próximo cercano, el país disponga de más personas interesadas en la pesca con conciencia de la necesidad de la sostenibilidad de sus recursos hidrobiológicos, que a su vez cultiven un espíritu crítico basado en información analizada y no en medias verdades o datos incompletos.

Deseamos a nuestros lectores unas felices fiestas navideñas y que el año que viene les traiga la realización de todos sus deseos.

La Revista Pesca agradece la atención de los lectores que han seguidos sus publicaciones durante los 59 años que ha permanecido en el escenario pesquero.


Los invito cordialmente a leer la última edición de la Revista Pesca y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.


31 de octubre de 2019

Editorial Revista Pesca noviembre 2019

El artículo 66 de la Constitución Política establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.

El artículo 73 establece que los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso público pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento económico.

En base a dicho marco constitucional, la Ley 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, fija la extensión del dominio del Estado y, el modo de acceso:

El artículo 4 establece que los recursos naturales mantenidos en su fuente, sean estos renovables o no renovables, son Patrimonio de la Nación. Los frutos y productos de los recursos naturales, obtenidos en la forma establecida en la presente Ley, son del dominio de los titulares de los derechos concedidos sobre ellos.

El artículo 19 establece que los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural. En cualquiera de los casos, el Estado conserva el dominio sobre estos, así como sobre los frutos y productos en tanto ellos no hayan sido concedidos por algún título a los particulares.

El artículo 21 establece que la Ley especial dictada para el aprovechamiento sostenible de cada recurso natural precisa las condiciones, términos, criterios y plazos para el otorgamiento de los derechos, incluyendo los mecanismos de retribución económica al Estado por su otorgamiento, el mantenimiento del derecho de vigencia, las condiciones para su inscripción en el registro correspondiente, así como su posibilidad de cesión entre particulares.

Finalmente, el artículo 23 establece que la concesión, aprobada por las leyes especiales, otorga al concesionario el derecho para el aprovechamiento sostenible del recurso natural concedido, en las condiciones y con las limitaciones que establezca el título respectivo.

En este contexto, las decisiones tomadas por el Estado Peruano en cuanto a los recursos naturales existentes dentro de sus aguas jurisdiccionales, son soberanas y no están sujetas a interferencia extranjera.

En la presente edición, la Revista Pesca resume los hechos importantes que el lector debe conocer en relación a la Organización Regional de Ordenación Pesquera del  Pacífico Sur (OROP PS) y a la pretensión chilena de cuestionar el derecho peruano a disponer de la pesca de cualquier recurso en aguas jurisdiccionales, con el deseo de que el lector debidamente informado investigue, saque sus propias conclusiones y forme su opinión. 

  
La revista Pesca nos informa sobre temas del mar y de la pesca. Difunde información e ideas obtenidas de diversas fuentes sobre la pesca en el Perú y el mundo. Intenta contribuir a la formación de opinión propia en base a información diversa.

Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es gratuita para quien desee conocer el sector  pesquero.

Los invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a noviembre 2019 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.

En el siguiente link:

https://es.calameo.com/read/000453377911838451bfc

11 de octubre de 2019

Acuerdo de Naciones Unidas sobre Poblaciones de Peces - Acuerdo de Nueva York

El Acuerdo de las Naciones Unidas para la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativo a la conservación y gestión de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios (en vigor a partir del 11 de diciembre de 2001)

 El Acuerdo de las Naciones Unidas para la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativo a la conservación y gestión de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios establece principios para la conservación y gestión de esas las poblaciones de peces y establece que dicho manejo debe basarse en el enfoque de precaución y la mejor información científica disponible. El Acuerdo desarrolla el principio fundamental, establecido en la Convención, de que los Estados deben cooperar para garantizar la conservación y promover el objetivo de la utilización óptima de los recursos pesqueros tanto dentro como fuera de la zona económica exclusiva.

El Acuerdo intenta alcanzar este objetivo proporcionando un marco para la cooperación en la conservación y gestión de esos recursos. Promueve el buen orden en los océanos mediante el manejo y la conservación efectivos de los recursos de alta mar mediante el establecimiento, entre otras cosas, de normas internacionales mínimas detalladas para la conservación y el manejo de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios; asegurar que las medidas tomadas para la conservación y gestión de esas poblaciones en áreas bajo jurisdicción nacional y en alta mar adyacente sean compatibles y coherentes; asegurar que existan mecanismos efectivos para el cumplimiento y la aplicación de esas medidas en alta mar;

El Acuerdo fue adoptado el 4 de agosto de 1995 por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios  y se abrió a la firma el 4 de diciembre de 1995. Permaneció abierto a la firma hasta el 4 de diciembre de 1996 y fue firmado por 59 Estados y entidades.

Los requisitos para la entrada en vigor del Acuerdo se cumplieron el 11 de noviembre de 2001, cuando el Ministro de Relaciones Exteriores de Malta depositó un instrumento de adhesión al Acuerdo con el Secretario General. El instrumento fue el trigésimo instrumento de ratificación o adhesión depositado. El Acuerdo entró en vigor el 11 de diciembre de 2001, es decir, 30 días después de la fecha de depósito del trigésimo instrumento de ratificación o adhesión, de conformidad con el artículo 40 (1) del Acuerdo.

El Acuerdo se encuentra disponible en este link: 


Miembros adherentes: Ver en el siguiente link:

https://www.un.org/Depts/los/reference_files/chronological_lists_of_ratifications.htm#Agreement%20for%20the%20implementation%20of%20the%20provisions%20of%20the%20Convention%20of%2010%20December%201982%20relating%20to%20the%20conservation%20and%20management%20of%20straddling%20fish%20stocks%20and%20highly%20migratory%20fish%20stocks


No obstante haber entrado en vigencia el Acuerdo de Nueva York, muchos son los Estados que no la han ratificado, señalándose como argumento que el Acuerdo ha suscitado algunas inquietudes en los Estados ribereños, puesto que se ha planteado la duda acerca de si el Acuerdo afecta o podría afectar los derechos del estado ribereño para el manejo de la pesca dentro de la ZEE, o acerca de cómo se cautelan sus derechos e intereses en la alta mar en relación a aquellos de las naciones pesqueras de aguas distantes.

En efecto, el intento de regular y proteger los recursos vivos de la alta mar puso en evidencia los intereses opuestos entre los Estados ribereños que defienden la exclusividad en el aprovechamiento de las especies marinas que se encuentran en las aguas sometidas a su jurisdicción, y los Estados de pesca a distancia, que mantienen una presión sobre los recursos vivos en la alta mar, en especial las poblaciones de peces compartidas, en particular las especies transzonales y las especies altamente migratorias, que son aquellas que se localizan dentro y fuera de las 200 millas, y que recorren tanto las aguas de alta mar como las aguas nacionales de los Estados ribereños que se encuentran en su itinerario vital, lo cual pondría en peligro el derecho de estos Estados de explotar tales reservas en las zonas sometidas a su soberanía y menoscabaría la eficacia de las medidas de conservación y ordenación que hayan adoptado con ese fin.

La movilidad y los hábitos migratorios que caracterizan a las poblaciones de peces de la alta mar permiten que su explotación descontrolada más allá de las 200 millas repercuta negativamente en las aguas sometidas a la jurisdicción costera, por ende perjudique a los intereses de los Estados ribereños. Sin embargo, y tomando en cuenta la unidad del medio marino, se sostiene que la gestión incorrecta de las zonas económicas exclusivas también incide negativamente sobre los recursos ubicados fuera de esas zonas, lesionando los intereses de otros Estados, por lo que, progresivamente se han intentado soluciones colectivas a los problemas de conservación y ordenación de las especies marinas compartidas, optándose por la creación de arreglos u organismos regionales de ordenación pesquera (OROP), tal como lo establece, en principio la Convemar y desarrolla el Acuerdo.

Fuente

Agenda Internacional Año XX, N° 31, 2013, pp. 71-97 ISSN 1027-6750
El régimen jurídico internacional de la pesca en alta mar y la OROP del Pacífico Sur
Eduardo Ramos Ferretti

29 de septiembre de 2019

59 años de la Revista Pesca


En octubre de 1960, Alejandro Bermejo fundó la Revista Pesca en un escenario completamente diferente al que vive la pesquería peruana el día de hoy.
Las diferencias entre la actual década y la del 60 son obvias; pero quizá lo que marca la mayor distinción es la globalización y el alcance del entorno comunicacional e informativo. Hoy se tiene mayor acceso a la información y al conocimiento gracias a la internet y a los avances tecnológicos; pero a su vez existen mayores riesgos generados por las informaciones falsas, los comentarios tendenciosos y las manipulaciones sicológicas que se hacen a través de la nueva parafernalia informativa.
En dicho contexto, la Revista Pesca se adaptó al entorno y se alejó de la edición impresa para convertirse en una edición digital en línea para facilitar el acceso, además, a mayores lectores.
Amplió su espectro informativo a temas pesqueros, ambientales y oceanográficos del mundo y del Perú en un afán de proporcionar datos objetivos que permitan al lector ampliar su visión, adoptar juicios personales y sacar conclusiones propias en base a información verificable y lo más objetiva posible.
El entorno actual crea un escenario favorable a la inducción de ideas y a la manipulación, por lo cual la generación de opiniones propias basadas en análisis de la data que se publica, se constituye en una necesidad vital para mantenerse centrado en los temas de fondo y no convertirse en parte de una población que sigue a ciegas las opiniones de otros, que no necesariamente pueden ser ciertas, valederas o correctas.
Fijar posición en base a análisis de datos y de diferentes puntos de vista es lo que debe contar para el lector.
La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Difunde información, ideas y corrientes de opinión que tienen por objeto crear conciencia de la necesidad de hacer sostenible la extracción de los recursos marinos, de seguridad alimentaria y del cuidado del medio ambiente. Pero, sobre todo, de contribuir con información para que el lector empiece a formarse una opinión propia sobre la problemática pesquera.
Nos anima el sincero deseo de ser comunicadores de información objetiva, técnica y política que nos permita contribuir al engrandecimiento del conocimiento mar y de sus recursos por parte de la ciudadanía, para poder defender el buen uso de sus recursos naturales y de sus ecosistemas marinos, fluviales y lacustres.
En 2019 la revista Pesca cumple 59 años al servicio de la información pesquera, tratando de innovar para informar y comunicar cada vez mejor.

La revista Pesca nos informa sobre temas del mar y de la pesca. Difunde información e ideas obtenidas de diversas fuentes sobre la pesca en el Perú y el mundo. Intenta contribuir a la formación de opinión propia en base a información diversa.

Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es gratuita para quien desee conocer el sector  pesquero.

Los invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a octubre 2019 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.

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30 de agosto de 2019

Revista Pesca septiembre 2019: editorial


En los países desarrollados, que consumen la mayor parte de la producción mundial de alimentos, en especial los hidrobiológicos, las personas que tienen más dinero para comprar más alimentos pagan por productos cada más sofisticados en elaboración, envasado, y otras exquisiteces. Más que necesidad básica de alimentación, satisfacen exigencias gastronómicas. Es su realidad y son sus posibilidades.
Mientras esto ocurre en los países desarrollados, en el resto del mundo y en nuestro país, una parte considerable de la población continúa con bajos niveles de consumo y de acceso a los alimentos, como los hidrobiológicos, con el consecuente nivel de desnutrición. Es difícil de acceder a sus precios, bien sea que provengan de la pesca o de la acuicultura.
La coexistencia del hambre con la abundancia de productos de alto contenido proteínico como la anchoveta, entre otros recursos pesqueros, es una realidad que puede ser revertida.  
La desnutrición infantil es un indicador que, mientras no se resuelva, no permitirá el crecimiento nacional con equidad e inclusión. Niños menores de dos años padecen de desnutrición crónica en el Perú y sufren de anemia por deficiencias de hierro en su alimentación. 
Los problemas de anemia y desnutrición que presenta el Perú, no se dan solamente por el lado de la disponibilidad de alimentos, sino también por el lado del acceso, de manera específica por los niveles de ingreso que limitan a una parte importante de la población para comprar, por ejemplo, pescado.
El mercado no puede resolver el problema de la anemia ni de la desnutrición. Hay una imposibilidad para acceder a los alimentos por parte de amplias poblaciones que no pueden pagar los precios actuales.
En este contexto, es necesario dar una mirada a las posibilidades de atender las necesidades de alimentación de los sectores más necesitados utilizando los recursos pesqueros más abundantes que tiene el país.
El Estado y el sector privado tienen un amplio margen de acción para trabajar juntos en ese sentido.

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28 de julio de 2019

Editorial agosto 2019 Revista Pesca


El futuro del Perú está en manos de sus ciudadanos.
No son las políticas públicas ni las normas regulatorias, las que llevarán a la pesca a un desarrollo sostenible e inclusivo. Es la actitud y el compromiso de los ciudadanos, los pescadores, los trabajadores, quienes tenemos que tomar con seriedad el tema y actuar en forma responsable, con una visión de país y de largo plazo. Tenemos que establecer qué clase de pesquerías queremos y necesitamos, así como los medios que usaremos para conseguirlas. Necesitamos definir el tema en un escenario constructivo.
La educación y capacitación, más allá de lo que las entidades responsables y/o la empresa privada puedan o no hacer, no puede proporcionar nuevas capacidades o innovación si no se trazan objetivos estratégicos que orienten el esfuerzo hacia una meta más grande que las necesidades inmediatas.
La gente comprometida con la información útil, veraz y técnica, demandará una clase de educación y/o capacitación, o se auto capacitará, teniendo como meta objetivos concordantes con el modelo de pesquerías que se quiere tener.
La crítica actual, que es esencialmente destructiva, sin aporte técnico alguno, debe superar y trascender la constante queja y las exigencias que solo buscan objetivos inmediatos de corte comercial, económico o político.
El pescador y el ciudadano, deben buscar liberarse de la influencia que se ejerce sobre él a través de diversos mecanismos que ahogan al desarrollo pesquero y buscar el rumbo que nos lleve a una pesquería inclusiva y sostenible, en un contexto amigable con el ecosistema y el medio ambiente.
Será el día en que pensemos y sintamos que nuestro futuro depende de nosotros mismos y de nadie más, el día en el cual las cosas empiecen a cambiar. Será el día en que dejemos de pensar que todo debe ser proveído por el Estado, cuando desarrollemos la capacidad de forjarnos un futuro real sin demandar paternalismos a nadie.
Cuando desalojemos de nuestras mentes y corazones la falsa noticia, la desinformación, la manipulación, las medias verdades y la actitud de esperar todo del Estado, seremos capaces de asumir el control de nuestros recursos naturales con patriotismo, con responsabilidad y con derecho.
La manipulación informativa, que nos mantiene bajo la dependencia sicológica de ideas que defienden intereses de parte, carece de visión de país y nos pone bajo el dominio de influencias inapropiadas para estimular la construcción de un mejor futuro.
Está en nuestras manos la construcción del país que queremos para las próximas generaciones, con solidaridad, racionalidad y sentido de inclusión de las poblaciones vulnerables en la pesquería y en la vida nacional.

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29 de junio de 2019

Editorial Revista Pesca julio 2019


La pesquería sigue siendo conceptuada como fuente de riqueza vía exportación, negándonos a aceptar que primero debe ser fuente de alimentación nacional y luego ser usada como arma estratégica de negociaciones en un mundo que poco a poco se verá más inundado por el hambre.

El interés nacional requiere que se privilegie la alimentación de la población nacional por encima de todo. Ello impone una adecuada preservación de los recursos pesqueros, del ecosistema y del medio ambiente, de tal forma que se garanticen alimentos, en especial   para la población más vulnerable del país en forma prioritaria.

La crisis mundial de alimentos y el índice de desnutrición de nuestro país, nos obligan a ser totalmente objetivos a fin de proteger los recursos hidrobiológicos que proporcionan alimentación. Estos recursos, además de representar una oportunidad importante para la alimentación, constituyen una reserva estratégica que en el mediano plazo pueden colocar al Perú en una posición ventajosa en términos de abastecedor mundial de alimentos.

El escenario al día de hoy es una herencia de un enfoque que poca atención le ha prestado a la pesca artesanal y al mercado interno y que genera polarización y situaciones de enfrentamiento y conflicto mediático frecuentemente.

El desconocimiento del sector pesquero es compartido por la prensa y por la propia sociedad, y por tanto ambos resultan indolentes al problema. Existe un vacío de conocimiento que es aprovechado para manipular información en uno u otro sentido. El ciudadano común está expuesto a una u otra corriente de opinión sin mayor posibilidad de defensa o de réplica

Conociendo los procesos y el entorno en el cual se describen y analizan algunos aspectos del sector pesquero, se puede percibir mejor el origen y naturaleza de los problemas que se enfrentan para lograr la correcta regulación de la pesquería en el país.

En esta situación, corresponde a cada ciudadano informarse mejor sobre la problemática pesquera a fin de formarse una opinión propia sobre la misma y no dejarse influenciar por la publicidad y los medios.

Solo el análisis individual que nos permita separar la información falsa de la real y la identificación de la insana crítica destructiva, sin fundamento generalmente, nos hará libres para opinar con propiedad sobre la problemática pesquera del país.

Los insultos y la descalificación sin fundamento, que se observan frecuentemente en las redes sociales, no son referentes para formar opinión ni fijar posición.

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31 de mayo de 2019

La extracción de recursos hidrobiologicos

La extracción de recursos naturales renovables como los pesqueros debe pagar un “justo precio” por el uso de recursos naturales de propiedad pública.

No se puede subordinar tácita o explícitamente el interés público al interés privado. El concepto de Nación y de Estado está ligado a la subordinación de los intereses privados al interés nacional, dentro del marco legal y normativo vigente.

Los recursos pesqueros son valores que no pertenecen al explotador del recurso sino a su dueño, que en el caso de los peces somos todos los ciudadanos a través del Estado que nos representa.

Derechos de pesca no es lo mismo que el impuesto a la renta. Es el justo precio o remuneración que debe recibir el propietario de los recursos naturales, como contrapartida del aporte que éste hace al ceder sus recursos en el proceso extractivo. Así como el trabajador que es dueño de su fuerza de trabajo recibe un salario como retribución a su participación en la producción, y el capitalista una rentabilidad por sus aportes de capital, los dueños de los recursos naturales, deben recibir una retribución justa y consistente con el aporte real que estos recursos hacen a la producción.

Este no es un pago caprichoso para aumentar los ingresos del tesoro público, sino que más bien es un instrumento que permitirá el adecuado balance entre la mortalidad comercial de recursos naturales y los beneficios económicos de las empresas operadoras. Un dividendo por el derecho a explotar un recurso natural, que es de propiedad de todos los peruanos.  Una compensación por los impactos generados sobre el ecosistema y sobre el medio ambiente. Es innegable que el ecosistema marino de Humboldt se impacta por la extracción de un recurso que es importante eslabón de la cadena trófica. Nadie puede evadir el hecho del impacto que la industria causa en las poblaciones costeras a través de los vertidos contaminantes a las bahías y de los humos y olores que afectan a los vecinos de las comunidades en las cuales hay industria. Esos pasivos ambientes no cuantificados aún ¿de quién son responsabilidad y quién va a financiar su recuperación?

El modelo exportador de productos pesqueros se ha ejercido a través de ceder, en forma muy barata y hasta sin costo en muchos casos como los extraídos por la pesca artesanal, la renta de los recursos pesqueros. Se ha creado un negocio para capturar esa renta basado en una materia prima que es casi gratis, que no requiere de inversión, cuidado, mantenimiento ni nada parecido como los recursos agrarios, por ejemplo, o el ganado. Los peces están ahí, no cuesta mantenerlos; pero no por eso pueden ser gratis ni muy baratos tampoco. Sobre todo, porque tienen dueño.


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En formato revista en el siguiente link:



En PDF en el siguiente link:
http://www.revistapescaperu.org/images/revistas/2019/REVISTA_PESCA_JUNIO_2019.pdf