La gestión pesquera
Se espera que, antes de entrar en propuestas promocionales de la pesquería se realice un estudio que permita determinar cuáles serían las especies objetivo, cuál el volumen de su biomasa, cuáles serían los períodos de vedas reproductivas, cuál sería el efecto ecosistémico de su explotación, para llegar a determinar una tasa anual de captura por especie. De esta información se deriva la capacidad de bodega que debería tener una flota con intención de incursionar en la actividad extractiva, la cuota anual de extracción, las cuotas individuales a asignar y los períodos de pesca. Solo entonces podríamos pretender introducir mayor esfuerzo pesquero sobre el ecosistema marino de Humboldt.
17 de septiembre de 2011
Imarpe y la gran transformación
RESOLUCiÓN SUPREMA N° 006-2011-PRODUCE
Artículo 1°._ Dejar sin efecto las Resoluciones Supremas N°017-2002-PRODUCE_ 027-2004-PRODUCE y 033-2010-PRODUCE mediante la cuales se designó a los Sres. Ings. Jorge Vértiz Calderón, José Sarmiento Madueño y César Ramón Vargas Faucheux como miembros del Consejo Directivo del IMARPE.
Articulo 2º.-Designar como miembros del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú lMARPE a los señores:
Biol. Carlos Raúl Castillo Rojas
Biol. Jaime Humberto Mendo AguiJar
Biol. Maria Patricia Yamile Majluf Chiok
Articulo 3°._ la presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publiquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
El día de hoy, en estricto cumplimiento y observancia de la norma se ha publicado la designación de tres miembros del Consejo Directivo que reúnen las condiciones que indica la misma por ser científicos y/o profesionales con especialidad afín a la actividad del Imarpe.
La calidad este Consejo Directivo tiene que ser apreciada por la colectividad pesquera que busca y espera el cambio y la gran transformación en el sector, porque marca una orientación que se esperaba desde hace mucho tiempo.
La presencia de Patricia Majluf en este nuevo Consejo asegura la presencia de una persona comprometida con la sostenibilidad de las pesquerías, con un prestigio internacional reconocido, con notorio interés por la alimentación popular en base a la anchoveta y con una nueva visión del sector. En la misma línea se encuentran los señores Raúl Castillo y Jaime Mendo.
La pesquería artesanal debe recibir con optimismo y esperanza estos cambios que les garantizan un ente científico que trabajará por la inclusión social de los pescadores artesanales en base a información científica de primer nivel.
Se espera que este quinquenio sea el de la pesca artesanal y el de los tripulantes de embarcaciones pesqueras así como de los trabajadores de la industria pesquera.
El sector, tradicionalmente relegado y olvidado por la política debe evaluar que este gobierno está dándole la importancia que se merece e interiorizar que debe estar alerta a defender el cambio.
Algunos creían y creen que la pesquería es un sector “light”, sencillo y sin problemas en el cual no hay mucho que hacer. La verdad, que poco a poco se abre camino, evidencia que es uno de los sectores no solo más olvidados, sino que ha sido mantenido en el oscurantismo y el perfil bajo para mantener ocultas todas sus debilidades y privilegios en beneficio de pocos y en perjuicio de muchos.
Una parte del sector pesquero no recibirá estas designaciones con agrado puesto que marcan la pérdida de espacios de influencia y la vigencia de algo que estuvo oculto por la desinformación y el desconocimiento.
No se puede echar vino nuevo en odres viejos.
La gran transformación y la inclusión social tiene que ser defendida por aquellos que durante décadas fueron los convidados de piedra al negocio pesquero: La sociedad civil, los trabajadores de la industria y los pescadores artesanales. En ese sentido la sociedad civil debe defender la continuidad de lo que este gobierno ha empezado.
No puede ni debe volverse a poner el sector en manos de los intereses derivados de quienes solo han priorizado el lucro del negocio menoscabando los legítimos derechos e intereses del país y de los pescadores: escasa contribución para con el Estado, atentado contra el medio ambiente e impacto negativo sobre el ecosistema marino.
Los recursos pesqueros son patrimonio de la Nación.
Durante demasiado tiempo la pesquería peruana se ha centrado, desarrollado y regulado en función de la industria harinera basada en la anchoveta. Analizada por volúmenes de extracción, la pesquería peruana califica desde entonces como monoespecífica.
Durante años se nos ha hecho creer y pensar en la pesquería peruana de un modo alejado de la realidad. Se nos hizo creer que éramos buenos porque exportamos mucha harina de pescado y se nos inculcó la creencia en muchos mitos más.
Sin embargo, las evidencias hacen presumir que el manejo de la extracción pesquera no garantiza la sostenibilidad de un sinnúmero de recursos importantes para la sociedad y para el equilibrio del ecosistema. El impacto sobre los recursos marinos y costeros se hace cada vez más evidente, pudiendo exceder la capacidad de carga de los mismos.
La riqueza infinita del mar peruano no es más que un mito. Este error de percepción promueve un irrefrenable incremento del esfuerzo pesquero y confunde además a la opinión pública haciendo más ardua la labor de regulación.
Los beneficios económicos del sector pesquero marítimo alcanzan a una fracción mínima de la población costera involucrada.
El mar peruano fue muy rico y abundante para la pesca, hoy ya no lo es. Podrá volver a ser abundante si administramos mejor la pesquería.
Los precios de los productos pesqueros no reflejan todos los costos implicados en la producción. No son incluidos los costos del daño ambiental, daños a la salud de los trabajadores y la población, la explotación de los recursos naturales, el costo de la materia prima. Por tanto se generan ganancias extraordinarias a costa del deterioro del ecosistema y de La Nación, muda testigo de la explotación de sus recursos pesqueros.
La sociedad civil tiene que defender la Gran Transformación desde todas sus trincheras ante la reacción de una parte del sector que pugnará por recuperar su dominio sobre la política pesquera. El país espera y confía en el Presidente de la República y en su promesa de un gran cambio.
Del: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ
(DS 009-2001-PE)
(IMARPE)
Artículo 8º.- Es el órgano rector del IMARPE y está conformado por los siguientes miembros:
a) El Presidente (Oficial Almirante de la Marina de Guerra del Perú, en situación de retiro);
b) El Director Ejecutivo;
c) Un representante de la universidad peruana;
d) Un representante de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú (DHNM); y,
e) Tres (3) científicos y/o profesionales con la especialidad afín a la actividad del IMARPE.
Artículo 9º.- Son funciones del Consejo Directivo las siguientes:
a) Aprobar los lineamientos de política, dirigir la marcha institucional y supervisar el desarrollo y cumplimiento de las actividades específicas del IMARPE;
b) Aprobar y supervisar los planes, programas y proyectos de investigación científica y tecnológica, así como supervisar su cumplimiento;
c) Evaluar y aprobar el presupuesto anual, los estados financieros y la memoria anual que presente el Director Ejecutivo;
d) Aprobar la suscripción de convenios con personas naturales y jurídicas, nacionales e internacionales;
e) Autorizar y proponer al Ministerio de Pesquería los viajes al extranjero de los trabajadores del IMARPE, en comisión de servicios y becas, de acuerdo a la legislación vigente;
f) Proponer al Ministerio de Pesquería la nominación de funcionarios y servidores que representen al IMARPE ante organismos nacionales e internacionales;
g) Aprobar el nombramiento de los directores y jefes a propuesta del Director Ejecutivo;
h) Conceder licencia al Presidente y a los miembros del Consejo Directivo;
i) Proponer al Ministro de Pesquería la designación del Director Ejecutivo;
j) Designar a los asesores del Consejo Directivo;
k) Conocer en vía de revisión o apelación, cualquier recurso impugnatorio de las instancias inferiores al Consejo Directivo;
l) Conocer y resolver en última instancia administrativa, cualquier disposición emanada de las distintas dependencias del IMARPE; y,
m) Aprobar, modificar o ampliar los documentos técnico-normativos de gestión institucional, propuestos por el Director Ejecutivo, a fin de optimizar su organización y funcionamiento.
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